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MOMENTO ÉPICO DEL ANIME.

Título del momento: "El último aliento de esperanza" Las nubes oscuras cubren el cielo mientras la ciudad arde en ruinas. El protagonista, herido y cubierto de sangre, apenas logra mantenerse en pie. Frente a él, el villano sonríe con arrogancia, convencido de que la victoria ya es suya. La música alcanza un tono grave y tenso. Entonces, en un destello de recuerdos —la promesa a sus amigos, la sonrisa de su hermana, la caída de su maestro— algo se enciende en los ojos del héroe. Una ráfaga de viento agita su ropa rota mientras un aura de energía comienza a envolverlo. Su voz, débil pero decidida, rompe el silencio: “Todavía… no he terminado…” Con un grito que estremece el campo de batalla, el protagonista libera todo su poder oculto. El cielo se parte en dos, el suelo tiembla, y por un momento, la esperanza renace en el corazón de todos los que aún miran desde lejos. Video en YouTube:  https://youtu.be/TWyoKmpZBIw

Normativa para la constitución de un negocio

La decisión de emprender su propio negocio o empresa sin duda viene acompañada de retos personales que superar, pero los beneficios de tal decisión pueden ser mucho mayores, es importante conocer los distintos pasos que debemos seguir para lograrlo. Debo preguntar.

¿Qué instituciones u organismos debo considerar consultar a la hora de desarrollar mi emprendimiento?

Dependerá de cuál es el tipo de nuestro emprendimiento, pero en general, podemos señalar las siguientes:
  • Servicio de Rentas Internas (SRI): Para efectos de la iniciación de actividades, obtener del RUC y pago de los impuestos.
  • Municipalidades: Para la obtención de las patentes comerciales y permisos de funcionamiento.
  • Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS): Para realizar la afiliación obligatoria de los empleados del emprendimiento.
  • Ministerio de Relaciones Laborales: Para el registro de los contratos de trabajo de los empleados.

¿Hay otros organismos a los cuales debo acudir para iniciar mi emprendimiento?

Adicionalmente, en función del tipo de negocio, se podrá consultar a:
  • Superintendencia de Compañía: Para el registro de la empresa como una compañía. Contrato de compañía es aquél por el cual dos o más personas se unen sus capitales o industrias, para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus utilidades.
  • Servicio Nacional de Aduanas: Si el negocio tiene finalidad de importar o exportar algún producto.
  • Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual: Si el emprendimiento tuviera como objetivo explotar alguna patente, obra artística o literaria.
  • Instituto Ecuatoriano de Normalización: Si el propósito es importar o exportar productos que cumplan normas internacionales.
  • Cuerpo de Bomberos: Si la comercialización de los productos genera riesgos contra la vida humana.
  • Otros entes que regulan la actividad emprendedora son el Ministerio de Turismo, Ministerio de Ambiente y Ministerio de Industria y productividad.
  • Si el propósito es exportar producto, también se debe consultar con el Ministerio de Ambiente y Comercio Exterior.

¿Al invertir que áreas puedo obtener beneficios o incentivos tributarios?

Según el código orgánico de la producción, hay exoneración total del impuesto a la renta por cinco años a las inversiones nuevas que se realicen fuera de las jurisdicciones urbanas de los cantones de Quito y Guayaquil en los siguientes sectores:
  • Producción de alimentos frescos, congelados e industrializados
  • Cadena forestal y agroforestal y sus productos elaborados.
  • Metalmecánica.
  • Petroquímica.
  • Farmacéutica.
  • Turismo.
  • Energía renovable incluida la bioenergía o energía a partir de biomasa.
  • Servicio logístico de comercio exterior.
  • Biotecnología y software aplicados.
Entonces, desarrollar un emprendimiento en uno de estos sectores puede ser altamente atractivo, debido a que el estado ecuatoriano alienta los negocios que versifique.

¿Cuánto es lo mínimo que puedo pagar a un empleado?

Según la legislación nacional, todo trabajador debe recibir al menos el Salario Básico Unificado, que es una cantidad que se fija cada inicio de año. 
Adicionalmente, el empleado podrá recibir una remuneración por horas suplementarias y extraordinarias, que corresponden a horas laborales, que no están contempladas dentro del máximo semanal de 40 horas laborales.

¿Qué otras obligaciones laborales tienen todo empresario?

Adicionalmente al sueldo mensual, el empleador debe cancelar dos remuneraciones anuales: la decimotercera remuneración y la decimocuarta remuneración.
También, tiene derecho al fondo de reserva todo trabajador que preste servicios por más de un año. Esa suma será igual a un mes de sueldo por cada año completo posterior al primero de sus servicios. Las cantidades correspondiente al fondo de reserva serán depositados mensualmente en el IESS, ene l caso de que el trabajador haya decidido no recibirla de manera mensual y directa por parte del empleador.

Si tengo empleados, ¿Cuánto debo pagar al IESS?

Empleadores y trabajadores deben cumplir con las contribuciones obligatorias del IESS, utilizada para cubrir los gastos de discapacidad, enfermedad y muerte.
La constitución a cargo del trabajo es del 9,35% de la remuneración recibida, sin considerar beneficios adicionales. La contribución cubierta por el empleador es del 12,15% de este mismo rubro.

¿Desde cuándo debo afiliar al IESS a mis empleados?

Según la Ley Orgánica de la seguridad Social, todo empleado o trabajador debe ser afiliado al IESS desde el primer día de inicio de sus labores para un empleador, sea este una persona natural o jurídica.
El no cumplimiento de esta disposición con lleva fuertes multas e inclusive es un delito penal.

¿Debo contratar a personas con discapacidad para laborar en mi negocio?

Desde 2010, el empleador público o privado, que cuente con un número mínimo de veinticinco trabajadores, está obligado a contratar, al menos, el 4% de personas con discapacidad, en labores permanentes que se consideren apropiadas en relación a sus conocimientos, condición física ya aptitudes individuales.
¿Cuáles son las alternativas que tengo para forma una empresa?
Una vez que tenemos claro nuestro negocio, nos toca pensar en cuál será el tipo de constitución legal que elegiremos para nuestra empresa; es decir, bajo que parámetros legales funcionará, cuál su forma de administración y la manera en que tributará.
Para definir la constitución legal de nuestra empresa tenemos 2 modalidades:
  • Personal Natural
  • Persona Jurídica
Si me decido a funcionar como una persona jurídica ¿qué alternativa tengo?
En ecuador, hay cinco especies de compañía de comercio:
  • Compañía en nombre colectivo.
  • Compañía en comandita simple y dividida por acciones.
  • Compañía de responsabilidad Limitada.
  • Compañía anónima y economía mixta.

¿Puedo formar un emprendimiento cuyo producto es la copia de otro que ya existe en el mercado?

No. Esto es un delito ya que viola la ley de propiedad intelectual. Según esta norma, el estado reconoce, regula y garantiza la propiedad intelectual adquirida de conformidad con la ley, las decisiones de la comisión de la comunidad andina y los convenios internacionales vigentes en el ecuador.

¿Puedo instalar un negocio en cualquier parte de la ciudad?

En general Sí, Sin embargo, conviene consultar la normatividad que cada municipio tiene respecto al uso del suelo. Por ejemplo, hay ciertos tipos de negocios cuya instalación está prohibida cerca de instituciones educativas. Otros negocios, que tienen riesgo de que sucedan accidentes o que son altamente contaminantes, no pueden funcionar en el área urbana de las ciudades.

¿Tienen los ciudadanos extranjeros los mismos derechos laborales que los ecuatorianos?

Si. De conformidad con lo establecido en la constitución política de la república, los extranjeros tienen los mismos derechos que los ecuatorianos, con las limitaciones previstas en la ley.
Claro está que los inmigrantes deben tener sus papeles en regla: visa y permisos de trabajo debidamente emitidas.

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